POR LA TRANSPARENCIA Y RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO INMATRICULADO POR LA IGLESIA 

Coordinadora Recuperando 7 octubre 2026

POR LA TRANSPARENCIA Y RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO INMATRICULADO POR LA IGLESIA 

La Coordinadora RECUPERANDO está formada por más de una treintena de colectivos y asociaciones de todo el Estado. Tiene, entre otros objetivos, defender el patrimonio histórico, artístico, cultural, natural y comunal, de titularidad pública o colectiva y la denuncia, estudio y recuperación del patrimonio inmatriculado irregularmente por la Iglesia Católica, al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria (LH) de 1946, hasta su derogación por la Ley 13/2015.

La Coordinadora RECUPERANDO solicita a los partidos políticos que concurran a las elecciones generales la incorporación a sus programas electorales de los siguientes compromisos:

Elaborar y hacer pública en formato accesible una relación completa, detallada e inequívocamente identificable de todos los bienes inmatriculados a favor de la Iglesia Católica desde 1946, mediante el procedimiento excepcional que estaba establecido en el artículo 206 de la LH.

Reclamar la titularidad del dominio o de otros derechos reales inscritos a favor de la Iglesia Católica, si dicha inscripción se hizo sin la necesaria existencia de un título escrito y fehaciente que justifique la titularidad del derecho real sobre el bien inmueble de que se trate

Elaborar una nueva Ley de Patrimonio Histórico que actualice la normativa vigente y responda a las actuales necesidades de protección, conservación y gestión del patrimonio cultural español que prime el interés público sobre intereses particulares.

A continuación, se justifican someramente estas propuestas:

Transparencia: conocer todos los bienes inmatriculados desde 1946

Elaborar y hacer pública una relación completa, detallada e inequívocamente identificable de todos los bienes inmatriculados a favor de la Iglesia Católica, desde 1946, mediante el procedimiento excepcional que estaba establecido en el artículo 206 de la Ley Hipotecaria.

La transparencia constituye un requisito imprescindible para conocer la verdadera dimensión de las inmatriculaciones y para determinar si entre los bienes inscritos existen propiedades que deban formar parte del patrimonio público o comunal. Para ello, el Gobierno de España deberá:

Recabar del Colegio de Registradores la información correspondiente a todo el período comprendido entre 1946 y 2015, y no solamente la relativa a las inmatriculaciones realizadas desde 1998.Remitir al Congreso información suficiente para identificar inequívocamente cada inmueble, incluyendo, al menos, municipio, Registro de la Propiedad, número de finca registral, descripción del bien, entidad eclesiástica a cuyo favor se realizó la inscripción, fecha de inmatriculación, título o procedimiento utilizado y demás datos registrales relevantes, así como, las referencias catastrales de dichos inmuebles, como el título por el que se accedió al Catastro Inmobiliario.

Hacer accesible dicha información mediante su publicación en formatos abiertos, descargables y reutilizables, que permitan su consulta por administraciones públicas, parlamentos, ayuntamientos, investigadores y ciudadanía.

No puede existir una adecuada defensa del patrimonio público sin conocer previamente qué se inscribió, cuándo se hizo, a favor de quién, mediante qué título y sobre qué fundamentos se realizó.

Cumplimiento íntegro de la PNL aprobada por el Congreso en 2017

Dar cumplimiento efectivo e íntegro a la Proposición no de Ley 161/001437, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados el 4 de abril de 2017.

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el plazo improrrogable de seis meses desde la aprobación de esta Proposición no de Ley, elabore un estudio en el que se recojan todos aquellos bienes que desde 1998 han sido inmatriculados a favor de la Iglesia Católica, y proceda a reclamar la titularidad del dominio o de otros derechos reales inmatriculados a favor de la misma, si dicha inmatriculación se hizo sin la necesaria existencia de un título material y previo que justifique la titularidad del derecho real sobre el bien inmueble de que se trate, o cuando el mismo sea o haya sido un bien no susceptible de propiedad privada por ser de dominio público, aun en el supuesto de que no esté catalogado formalmente como tal, si históricamente gozó de esa presunción o tratamiento.»

La publicación en 2021 de una relación de bienes no agota, por sí sola, el contenido de aquel mandato parlamentario y nunca se ha adoptado una decisión administrativa sobre la posible reclamación de la titularidad pública de los bienes que pudieran tener esa consideración. Por ello, reclamamos:

Completar el estudio previsto en la PNL, identificando inequívocamente todos los bienes afectados y poniendo a disposición pública la información necesaria para conocer su situación registral y catastral.

Analizar las inmatriculaciones realizadas para determinar cuáles de ellas carecían de un título escrito, público y fehaciente, que acreditase la propiedad de la entidad eclesiástica.

Identificar los bienes que pudieran tener naturaleza pública, demanial, comunal o cualquier otra condición incompatible con su apropiación privada, aun en el supuesto de que no esté catalogado formalmente como tal, si históricamente gozó de esa presunción o tratamiento.

Iniciar las actuaciones administrativas y judiciales necesarias para reclamar la titularidad pública de aquellos bienes que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados expresamente por la PNL.

Establecer mecanismos de colaboración y coordinación con las CCAA para el desarrollo e impulso de todas las actuaciones anteriores.

Informar periódicamente al Congreso de los Diputados de los bienes examinados, de las conclusiones alcanzadas y de las actuaciones emprendidas para recuperar aquellos cuya titularidad privada no pueda acreditarse.

Presentar un Proyecto de Ley de Patrimonio Histórico

Impulsar una nueva Ley de Patrimonio Histórico que actualice la normativa vigente y responda a las actuales necesidades de protección, conservación y gestión del patrimonio cultural. La nueva regulación deberá reforzar la cooperación entre administraciones, la transparencia y la corresponsabilidad en su gestión, especialmente respecto de los bienes de titularidad pública o aquellos gestionados por entidades privadas, garantizando que prevalezcan los criterios científicos, el interés general y el uso y disfrute del patrimonio por toda la ciudadanía frente a intereses particulares.

Coordinadora RECUPERANDO, 7 de octubre de 2026

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